La pila de seguros: lo que exige la ley, lo que exige el cliente, y lo que realmente te protege
En un párrafo
California exige dos cosas a una C-10 de propietario único o corporación: la fianza de $25,000 y la compensación laboral (o una exención válida). Exige responsabilidad general solo a las LLC. Todo lo demás, responsabilidad general, auto comercial por encima del mínimo estatal, herramientas y equipo, póliza paraguas, lo exige la gente que te contrata, y la aritmética de un mal día. Esta lección expone cada capa, quién la pide, y cómo leer el certificado que un contratista general te va a exigir antes de que pises la obra.
La regla
La CSLB exige a todo licenciatario mantener una fianza de contratista de $25,000 (B&P 7071.6) y un certificado o exención de compensación laboral (B&P 7125). Solo un licenciatario que sea compañía de responsabilidad limitada está obligado por la ley de licencias a tener seguro de responsabilidad, de al menos $1,000,000 agregado para cinco o menos personas registradas (B&P 7071.19). Para pólizas de auto emitidas o renovadas a partir del 1 de enero de 2025, el mínimo del Código de Vehículos es $30,000 por persona y $60,000 por accidente por lesiones y $15,000 por daños a la propiedad (Código de Vehículos 16056(a)(2)).
Por qué importa
La fianza le paga al cliente y después te cobra a ti; no protege a nadie de tu lado de la mesa. Un propietario único sin responsabilidad general que quema una pared o inunda una cocina por un agujero para cable lo paga personalmente. Y ningún contratista general, administrador de propiedades ni agencia pública te pondrá en una obra sin un certificado de seguro que los nombre, así que la responsabilidad general no es opcional en la práctica aunque el estatuto no la exija.