Cuánto tiempo eres responsable: las ventanas de cuatro y diez años ante la CSLB y en los tribunales, y qué significan para tus expedientes
En un párrafo
Cada contrato que firmas le dice al cliente, con las propias palabras de la CSLB, que puede quejarse dentro de cuatro años por cualquier cosa que pudiera ver y dentro de diez años por defectos estructurales que no pudiera ver. Esos números son reales: la sección 7091 del B&P los fija para las quejas ante la CSLB, el Código de Procedimientos Civiles fija los mismos cuatro y diez años para demandas por defectos de construcción patentes y latentes, y la Ley del Derecho a Reparar da al trabajo eléctrico en casas nuevas una norma de cuatro años desde el cierre del fideicomiso dentro de un límite exterior de diez años. Esta lección explica qué significan patente y latente para un electricista, por qué la ventana de diez años rara vez alcanza al trabajo eléctrico pero la de cuatro siempre lo hace, cómo encaja la fianza del contratista, y la única consecuencia práctica: tus expedientes de trabajo, fotografías y permisos son evidencia por al menos cuatro años y, para trabajo estructural, diez.
La regla
Una queja ante la CSLB que alegue actos u omisiones patentes debe presentarse dentro de cuatro años del acto, y una que alegue actos latentes relativos a defectos estructurales dentro de diez años, entendiendo latente como no aparente mediante una inspección razonable (B&P 7091(a)-(b)); las acciones civiles por deficiencias de construcción patentes prescriben cuatro años después de la terminación sustancial y por deficiencias latentes diez años después (CCP 337.1, 337.15); en casas nuevas vendidas como viviendas individuales, la norma eléctrica de la Ley del Derecho a Reparar lleva un límite de cuatro años desde el cierre del fideicomiso dentro de un tope exterior de diez años (Código Civil 896(f), 941). Conserva el expediente del trabajo al menos ese tiempo.
Por qué importa
La ventana de cuatro años es la palanca del cliente y tu calendario: una queja sobre un trabajo que terminaste en la primavera de tu primer año puede llegar en la primavera del quinto, y la CSLB te va a pedir el contrato, el permiso y las fotografías. Los contratistas que entienden las ventanas guardan expedientes que responden, cotizan garantías que coinciden, y dejan de perder el sueño por el número de diez años que aplica a cimientos, no a receptáculos.