Ley de Gravamen del Constructor en California: Avisos y Plazos
Un gravamen del constructor (mechanics lien) es la herramienta de cobro más poderosa de un contratista: un reclamo legal sobre la propiedad inmueble (real property) que mejoraste, por mano de obra o materiales no pagados. Pero todo depende de los plazos: si te pasas de uno, pierdes el derecho.
1. Aviso preliminar — la regla de los 20 días (§8200)
Para preservar los derechos de gravamen, un subcontratista o proveedor debe entregar un aviso preliminar (preliminary notice) dentro de los 20 días posteriores a proporcionar por primera vez mano de obra o materiales, al dueño, al contratista directo (principal) y al prestamista de construcción (si lo hay). (Civil Code §8200) Si lo entregas tarde, tu gravamen se limita al trabajo realizado en los 20 días previos a la entrega del aviso.
2. Registro del gravamen (§8412 / §8414)
| Reclamante | Sin Aviso de Terminación | Después de registrarse un Aviso de Terminación |
|---|---|---|
| Contratista directo (principal) | 90 días desde la terminación | 60 días |
| Subcontratista / proveedor | 90 días desde la terminación | 30 días |