Caso: el trabajo sin pagar que perdió sus derechos de gravamen

En un párrafo

Una corporación C-10 nueva hace el cableado preliminar y de acabado de una remodelación de cocina para un contratista general, factura $14,200 y le pagan $6,000. El GC deja de contestar. Cuando el electricista finalmente se entera de qué es un aviso preliminar, los 20 días pasaron hace mucho, el dueño le pagó al GC en su totalidad, y el remedio contra la propiedad del dueño ya no existe. Los nombres son inventados; cada plazo es real.

La regla

Un subcontratista puede hacer valer un gravamen o un aviso de suspensión de pago solo si dio aviso preliminar al dueño, al contratista directo y al prestamista no más de 20 días después de suministrar trabajo por primera vez (Código Civil 8200(a), (c), 8204(a)); un aviso posterior solo cubre el trabajo de los 20 días anteriores. La falta del principal de pagar a un sub dentro de los siete días de recibir el pago es una violación de licencia con multa del 2% mensual (B&P 7108.5), pero esa reclamación corre contra el principal, no contra la propiedad.

Por qué importa

El aviso preliminar cuesta un timbre y diez minutos el primer día. Sin él, el único remedio de un subcontratista es una demanda contra un contratista general que puede no tener nada que cobrar, con tope de $6,250 en reclamos menores para una corporación. Todo subcontratista pierde así una vez; el punto del caso es que sea la última vez que lo leas y no la primera vez que lo vivas.

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