El tope del anticipo y los pagos progresivos: $1,000 o el 10%, nunca por delante del trabajo

En un párrafo

En un contrato de mejoras al hogar el anticipo no puede exceder $1,000 o el 10% del precio, lo que sea menor, y ningún otro pago puede adelantarse al trabajo realizado o a los materiales entregados. Esa segunda regla es la que la mayoría de los contratistas eléctricos rompe sin saberlo: un 'depósito de materiales' por un tablero que no se ha entregado, o un cobro del 50% en un trabajo que está al 30%, es una citación. La solución es un calendario de pagos progresivos escrito a partir de las fases reales del trabajo, y la disciplina de facturar detrás del trabajo, nunca por delante.

La regla

Si se cobra un anticipo no puede exceder $1,000 o el 10 por ciento del monto del contrato, lo que sea menor (B&P 7159.5(a)(3)). Excepto ese anticipo, el contratista no puede solicitar ni aceptar un pago que exceda el valor del trabajo realizado o del material entregado, y la prohibición se extiende al pago adelantado de cualquier prestamista (7159.5(a)(5)). Los pagos antes de la terminación requieren un calendario de pagos progresivos en dólares y centavos que indique el trabajo y los materiales que cubre cada uno (7159.5(a)(4)). Cada violación es causa de disciplina (7159.5(a)).

Por qué importa

El tope del anticipo es la regla que la CSLB cita con más frecuencia contra contratistas residenciales, porque es fácil de probar: el contrato dice un número, el recibo dice otro. Un contratista que toma un 'depósito de materiales' de $3,000 en un trabajo de $9,000 ha violado dos párrafos de la 7159.5 antes de comprar el primer interruptor, y la queja del cliente se escribe sola.

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